PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y SU RELACIÓN CON LOS DIPUTADOS PLURINOMINALES


Los legisladores federales de mayoría relativa son
los representantes de las 32 entidades, a ellos los
eligen los ciudadanos, así que tiene que salir a
hacer campaña para pedir el voto a su favor.

En contraste, los legisladores plurinominales son
asignados, según el volumen de votación obtenido
por su partido. Así que cada partido político enlis-
ta a cierto número de aspirantes, quienes tendrán
derecho a un espacio de representación propor-
cional, se estima un senador “pluri” por cada 3.12%
de los votos.  

Cabe mencionar, que los “pluris” no hacen campa-
ña, es uno de los cargos que más jaloneo provoca
al interior de los institutos, pues permite brincar
de un cargo a otro. Sin embargo, el objetivo de la
figura de los “pluris” no es brincar de la Cámara de
Diputados a la de senadores y viceversa, surgieron
para romper con la hegemonía del PRI en el Con-
greso.

En lo que se refiere al principio de primera minoría,
esto solo aplica para el senador y es para los can-
didatos que hayan ocupado el segundo lugar en
votos.






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